Por Martín Santa María
Abogado Guerrero, Olivos, Novoa y Errázuriz, académico del Instituto de Estudios Urbanos y Territoriales UC y Socio Director de Sustentable
Producto de la política monetaria expansiva que viene aplicando el Banco Central han Nuevamente las noticias sobre impacto vial de proyectos inmobiliarios y comerciales nos sorprenden. Se ha informado que el Edificio Titanium podría verse afectado por la paralización de Costanera Center debido a que su Estudio de Impacto Sobre el Sistema de Transporte Urbano se aprobó suponiendo que las obras de mitigación vial de Costanera Center estarían terminadas. Por ello, las mitigaciones viales de Titanium tendrían un costo mucho menor al que debe asumir Costanera Center. En este escenario, las autoridades han solicitado un nuevo estudio a Titanium para evaluar si es factible su apertura antes que se ejecuten los trabajos de Costanera Center.
Esta situación demuestra la fragilidad de nuestro sistema de mitigaciones de impacto vial. Regulado por un decreto del Minvu de 1992, en 2003 el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional un decreto que modificó este sistema, por no estar reguladas legalmente las atribuciones de los órganos públicos que participan en él. Mientras no se dicte una ley sobre impacto vial este sistema no podrá ser mejorado por la vía de nuevos decretos, pues el Tribunal Constitucional no los aceptará.
No es razonable que los costos de dar factibilidad vial a un sector los asuma el primero que inicia su proyecto pues éste, en la práctica, subsidia a su futura competencia. Deben existir mecanismos para que los desarrolladores se asocien para mitigar sus impactos viales en conjunto y en forma proporcional. Las Corporaciones Viales usadas para este efecto tampoco están legalmente reguladas.
Tampoco es razonable que los proyectos enfrenten incertidumbres tan altas como que su apertura dependa de las obras de mitigación de otro proyecto.
La falta de una ley sobre impacto vial genera otros problemas como demoras en las aprobaciones o riesgos de discrecionalidad. A falta de mecanismos formales de reclamación no se han generado precedentes que den más objetividad al sistema.
El Congreso no ha legislado nunca sobre esta materia. Es necesario que lo haga para dar solución definitiva al sistema de cobros por impacto vial, permitiendo que se mitiguen estos impactos en forma justa y proporcional y evitando que se empeore la calidad de vida y competitividad de nuestras ciudades.
Fuente: www.df.cl